Testamento, testamento vital y cibertestamento.

Preparar el futuroHoy podemos encontrar en prensa, en dos medios de comunicación diferentes, Deia y El País, dos informaciones que hacen referencia a dos planos de nuestra vida que normalmente solemos dejar abandonados por  falta de información y el rechazo a pensar en el fin de la vida. Cuestión que guste o no llegará.

En concreto me refiero a las siguientes noticias:

150.000 personas han registrado su testamento vital en España” El País.

Herramienta de Google para gestionar datos de los fallecidos” Deia.

Aunque pudiera parecer que ambas dos informaciones no tienen nada que ver la una con la otra, lo cierto es que hacen referencia a dos planos de nuestra vida a los que hay que dar respuesta previa antes de morir.

El primero de ellos, el del testamento vital, porque no solo nos permite manifestar nuestro deseo de actuación el principio y el fin se tocanen aquel momento en que ya no seamos capaces de tomar decisiones por nosotros mismos, sino porque sitúa la pelota en nuestro propio tejado. ¿Por qué tenemos que dejar en manos de familiares la dura decisión de que hacer en caso de tener que tomar decisiones sobre nuestros últimos momentos de vida? Incluso qué hacer con nuestros restos una vez muertos.

Todo ello ya está regulado desde hace algún tiempo por la  LEY 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica BOE de 15 de noviembre de 2002 Artículo 11. “Por el documento de instrucciones previas, una persona mayor de edad, capaz y libre, manifiesta anticipadamente su voluntad, con objeto de que ésta se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en cuyas circunstancias no sea capaz de expresarlos personalmente, sobre los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de los órganos del mismo. El otorgante del documento puede designar, además, un representante para que, llegado el caso, sirva como interlocutor suyo con el médico o el equipo sanitario para procurar el cumplimiento de las instrucciones previas”.

Estas instrucciones previas podrán revocarse libremente en cualquier momento dejando constancia por escrito.

tiempoEl segundo de los artículos hace referencia al plano de nuestra ciber vida una vez estemos muertos. Una cuestión que en algunos casos no es baladí puesto que la información que colgamos en redes sociales y que sobre nosotros circula por internet navegará sine die por el ciberespacio mientras nuestra alma lo hará por otro espacio. Eso para los que tienen alma, claro está.

“Google publicaba en su blog las características de una nueva herramienta que ayudaría a solucionar un problema que ya se empieza a dar entre varios usuarios de Internet. Se trata de qué sucede con los datos digitales de un usuario tras su fallecimiento. Se han dado ya varios casos de familiares o amigos que no conocen las contraseñas del difunto y, por tanto, no puede eliminar su cuenta de correo electrónico o su perfil de Facebook”.

Los servicios que se ven beneficiados de esta herramienta son el perfil de Google+, Google Drive, la cuenta de Gmail, YouTube, Google Voice, Picassa y Blogger.

Planifica en vida lo que puede ser tus últimos minutos de vida y también el rastro tecnológico que quieres dejar.

http://www.msc.es/organizacion/sns/planCalidadSNS/pdf/transparencia/ley_autonomia_paciente.pdf

https://www.ucv.es/bioetica/de%20la%20persona%20ante%20el%20proceso%20final%20de%20la%20vida.pdf

https://www.google.com/settings/u/0/account/inactive

Acerca de Aitor Urrutia

Doctor en Ciencia Política y de la Administración por la EHU. Analista de políticas sociales.
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